ARQUITECTA YASESNEIDA CABALLERO RAMIREZ COAC GRAN CANARIA. TALLER DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
Se entiende por ARU a barrios o conjuntos de edificios de viviendas cuya recuperación integral requiera actuaciones de demolición y sustitución de los edificios.
Entre los objetivos fundamentales que se pretenden conseguir con la intervención se encuentran:
- Ofrecer un edificio adaptado a personas con discapacidad. CTE-DB SUA y el REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
- El cumplimiento de los preceptos establecidos en el CTE-DB HE Ahorro de energía y eficiencia energética.
- Mejora de las condiciones de habitabilidad de las viviendas. DECRETO 117/2006, de 1 de agosto, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad.
- Incorporar plazas de aparcamientos y trasteros a la edificación.
- Mejora de la urbanización (asfalto, acera, alumbrado público, acometidas, etc.)
- Recuperación del Parque de la Constitución.
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